Convocatoria para 2015 Concesión de Ayudas del “Plan Consolida2”

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Número 187 – Jueves, 6 de Agosto de 2015

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

8862 – Resolución de 29 de julio de 2015, de ICEX España Exportación e Inversiones, por la que se convoca para 2015 la concesión de ayudas del «Plan Consolida2».


ICEX

Abierto el plazo para solicitar las ayudas para la internacionalización del Plan Consolida2 de ICEX.

Este Plan tiene como objetivo convertirse en un elemento que favorezca la entrada y consolidación de las PYMES españolas, con una política definida de marca española propia, en los mercados exteriores (a excepción de Estados Unidos).

ICEX Consolida2 contempla diferentes modalidades de acceso a los países, pudiendo elegir entre varias opciones de acceso a los mercados. Los conceptos susceptibles de apoyo son:

a) Apoyo a la creación de filiales fuera de la Unión Europea. Estas filiales deben haberse constituido entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015. Se apoyarán los gastos derivados de estudios de viabilidad, gastos de constitución o asesoramiento externo

b) Gastos de promoción, como estudios de mercado, material de difusión, misiones inversas, publicidad, acciones de posicionamiento SEM, acciones y patrocinios comerciales, participación en ferias no apoyadas por ICEX. Las bases de la convocatoria amplían esta lista, y detallan las condiciones de este apoyo.

c) Gastos de defensa jurídica de la marca y homologación, como registro de patentes y marcas, defensa de la marca, y homologaciones/certificaciones de carácter obligatorio

La cuantía de la ayuda podrá alcanzar hasta el 50% de los conceptos susceptibles de apoyo, con un tope máximo de 20.000 euros por empresa/año, y pudiendo solicitar una ayuda como máximo para tres mercados (países).

Los porcentajes de apoyo finales resultantes a aplicar, quedarán marcados por la selección que realice la empresa en el impreso de solicitud en base a las siguientes opciones que sumarán un porcentaje adicional al 25% de apoyo base:

  • Opción a) Apoyo a actividades en países de la Unión Europea sin filial: las actividades en países de la Unión Europea donde la empresa no tenga filial no sumarán ningún porcentaje adicional y se mantendrán con el apoyo base.
  • Opción b) Apoyo a actividades en países donde la empresa tenga filial: +10%.
  • Opción c) Apoyo a actividades en países fuera de la Unión Europea: +10%.
  • Opción d) Apoyo a actividades en países fuera de la Unión Europea y que además sean países donde la empresa tenga filial: +20%

Se podrá sumar un 5% adicional si la empresa pertenece a un sector de intensidad tecnológica alta y media-alta, según la clasificación que otorga la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

La solicitud de actividades para apoyar y la justificación del gasto de las mismas, se realizará de una sola vez. Sólo se aceptará una solicitud por empresa.

Criterios de selección

ICEX valorará los proyectos de acuerdo a una serie de criterios y ponderación, con un máximo de 10 puntos, siendo necesarios 6 para que el expediente resulte aprobado. Estos se repartirán de la siguiente manera:

  • Plan de Internacionalización (máximo 2 puntos)
  • Eficacia del esfuerzo inversor en internacionalización (máximo 2 puntos)
  • Crecimiento neto del número de empleados (2 puntos)
  • Actividades en países considerados prioritarios- PIDM- (1 punto)
  • Certificado de calidad (1 punto)
  • Informe de Oficina Económica y Comercial (1 punto)
  • Informe de Dirección Territorial y Provincial de ICEX (1 punto)

Para obtener este punto adicional correspondiente al informe de la Dirección Territorial, las empresas solicitantes deben haber mantenido una reunión con nuestra Dirección Territorial en Murcia en la que nos hayan explicado las grandes líneas de actuación de la empresa en los mercados para los que se solicita el apoyo, presentando su proyecto de internacionalización con las estrategias y objetivos para dichos mercados. Estamos a su disposición para organizar las entrevistas hasta el fin del plazo de presentación de las solicitudes.

Periodo de realización de los gastos susceptibles de apoyo

Con carácter general, serán objeto de ayuda los gastos efectuados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015. Excepcionalmente, también recibirán ayuda los gastos previos de constitución y primer establecimiento de la filial para la que se solicita la ayuda, que hayan sido realizados en 2014. Siempre y cuando se hayan llevado a cabo, como máximo, en los cuatro meses anteriores a la creación de dicha filial.

Plazo de presentación de la solicitud de ayuda

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 1 y finaliza el 30 de septiembre. No se admitirán solicitudes recibidas con posterioridad.

En documento anexo a este correo les remitimos la Resolución de 29 de julio de 2015 que recoge la convocatoria del Plan Consolida2, en el que pueden ampliar la información y detalles sobre la misma.

En este enlace del Portal Web de ICEX pueden descargar las bases de este Plan, así como los modelos de las declaraciones responsables y memorias explicativas, y los criterios de justificación de estas ayudas:

http://www.icex.es/icex/es/navegacion-principal/todos-nuestros-servicios/programas-y-servicios-de-apoyo/icex-consolida/index.html


 

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