Qué es el Euro
Desde el 1 de enero de 1999 el euro es una moneda reconocida en los mercados mundiales y su uso se ha generalizado, particularmente entre los bancos comerciales y las empresas, como instrumento de pago en operaciones que no hayan de realizarse en efectivo. Irá sustituyendo, de una manera progresiva, a las distintas monedas nacionales de aquellos países que pasen a formar parte de la Unión Monetaria Europea (UME). La empresa se va a encontrar con nuevo marco macro-económico en el que va a desenvolver su actividad y con una serie de retos y cambios a los que ha de hacer frente planificando con la mayor antelación posible.
La Unión Económica y Monetaria pretende ser una zona de estabilidad macroeconómica, condición que se considera imprescindible para el desarrollo de la actividad empresarial, el mantenimiento y mejora del poder adquisitivo de los ciudadanos y la creación de empleo. Para conseguirlo, se han establecido los denominados criterios de convergencia, con la intención de asegurar que ninguno de los países que pasen a formar parte de esta Unión Monetaria pueda introducir tensiones e inestabilidad en esta zona.
La estabilidad macroeconómica se va a buscar a través de tres vías, que actuarán de una manera coordinada entre sí:
- Estabilidad monetaria, aportada mediante la creación del Banco Central Europeo (BCE), que será responsable del diseño y ejecución de una política monetaria única en la zona euro. El BCE será independiente de las instituciones europeas y de los distintos gobiernos nacionales y su primer objetivo, establecido en sus estatutos, es la estabilidad de los precios.
- Estabilidad presupuestaria, consecuencia del cumplimiento de los
criterios de convergencia relativos al déficit y deuda pública y del acuerdo alcanzado sobre el Pacto de Estabilidad, que pretende que el déficit público sólo supere el 3% del PIB en condiciones muy excepcionales.
- Estabilidad cambiaria, derivada de la existencia de una sola moneda en la zona euro que se pretende convertir en una divisa sólida y estable en los mercados internacionales.
Criterios de Convergencia
- Estabilidad de los precios
- Durante el año que precederá al examen de los criterios, es decir 1997, la tasa de inflación, medida por el índice de precios al consumo, no deberá sobrepasar en más de 1,5 puntos la media de los tres Estados miembros con un mejor comportamiento de la inflación.
- Finanzas públicas sostenibles
- Las finanzas públicas deben presentar un carácter sostenido, que se determina cuantitativamente en un protocolo anexo al TUE y que hace referencia tanto a la deuda pública como al déficit público de los Estados miembros.
El déficit presupuestario no debe sobrepasar el 3% del PIB, excepto en el caso de que dicha proporción haya disminuido substancial y continuamente y se acerque al nivel de referencia; o de que este valor se supere sólo excepcional y temporalmente, sin que se aleje demasiado del valor de referencia. La deuda pública debe mantenerse por debajo del 60% del PIB y, de sobrepasarse la proporción mencionada, ésta deberá ir disminuyendo lo suficiente y acercándose al valor de referencia a un ritmo satisfactorio.
- Participación en el mecanismo de tipo de cambio del Sistema Monetario Europeo
- La moneda del Estado miembro deberá haberse mantenido dentro de los márgenes normales del 15% del SME durante por lo menos antes de su incorporación a la UEM y, en este mismo período, dicho Estado no podrá haber tomado por iniciativa propia el tipo central bilateral de su moneda ante ninguna otra divisa del SME.
- Tipo de interés
- Durante el año anterior a la fecha fijada para la evaluación de los criterios nominales, el tipo medio de interés nominal no deberá sobrepasar en más de 2 puntos la media de los índices de los tres Estados miembros que presenten los mejores resultados en materia de estabilidad de precios. Los tipos de interés se medirán con referencia a los bonos del Estado o a otros valores comparables, teniendo en cuenta las definiciones nacionales.