Integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

Objeto:

Fomento de la contratación de discapacitados por empresas del mercado ordinario de trabajo.

Destinatarios:

Las pequeñas y medianas empresas, inscritas en el Registro Mercantil de Murcia o en el Registro de Sociedades Cooperativas, y los trabajadores autónomos cuyo domicilio fiscal y centro de trabajo se encuentren en la Región de Murcia.

Exclusiones:

1) Si hubieran efectuado, en los doce meses anteriores a la fecha de entrada en vigor de la presente Orden, despido calificado como improcedente.

2) No acrediten documentalmente el cumplimiento de las obligaciones que impone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de riesgos laborales y normativa de desarrollo. 

3) Que hubieran sido excluidos por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, según el Real Decreto Legislativo 5/2000, de la Ley sobre infracciones en el orden social.

 Ayudas:

A) Con carácter general, 2.400,00 € por la contratación, por parte de las empresas de la Región de Murcia, de un trabajador discapacitado mediante un contrato temporal de una duración mínima de doce meses y a jornada completa.

B) 3.400,00 € por la contratación de un trabajador discapacitado mediante un contrato temporal, con una duración mínima de 6 meses y a jornada completa, por parte de las empresas de la Región de Murcia participantes en los programas de Empleo con Apoyo o Enclaves Laborales subvencionados, dentro de los programas de Formas Innovadoras de Integración Laboral de Discapacitados de la Consejería de Trabajo y Política Social de la CCAA de la Región de Murcia.  

Origen:

Programa Cofinanciado por el FSE y los Presupuestos de la CCAA de la Región de Murcia.

Plazo de solicitud:
15/09/2005.
Requisitos:

1) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales respecto a la Hacienda Regional.

2) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la AEAT.

3) Estar al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

 Plazo máximo para resolver: 6 meses.

Más información en http://www.sefcarm.es