Subvenciones INFO

ICO - Línea Crecimiento Empresarial

OBJETO Y BENEFICIARIOS

De conformidad con el Convenio a suscribir entre el Instituto de Crédito Oficial y el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, el objeto es ayudar a las PYMES para financiar sus inversiones en activos fijos nuevos correspondientes a proyectos de creación o ampliación del establecimiento, diversificación en nuevos productos adicionales o cambio fundamental en el proceso de producción global.

Podrán acogerse PYMES que cuenten con 50 o más trabajadores y con menos de 50 o 43 millones de euros de facturación o balance general respectivamente, en el ejercicio 2008.

AYUDA

Subvención de 1,5 puntos de interés de los préstamos que los beneficiarios obtengan de las Entidades Financieras que tengan suscrito Convenio específico de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial.

En ningún caso el importe máximo de la subvención de un beneficiario por convocatoria podrá superar los 500.000€.

Las características de las operaciones son:

  • Importe financiado: 70% del proyecto de inversión.
  • Cuantía: entre 600.000€ y 6.000.000€.
  • Plazo:7 años (sin carencia o con 2 años de carencia) ó 10 años (sin carencia o con 3 años de carencia).
  • Tipo de interés ICO: tipo de cesión + 1,44%

REQUISITOS

  1. Que el solicitante de la ayuda no inicie la ejecución del proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.
  2. Autofinanciación mínima del 25%
  3. Las inversiones objeto del proyecto subvencionado deberán mantenerse durante cinco años para los bienes inscribibles en un registro público y tres años para el resto desde la finalización del proyecto considerado.

COSTES ELEGIBLES

Activos nuevos que estén dentro de los conceptos de terrenos, edificios y bienes de equipo, aunque el valor de los gastos correspondientes a terrenos no podrá superar el 10% del coste del proyecto subvencionado.

Se excluyen como gastos computables o elegibles las inversiones en activos móviles (vehículos de transporte exterior).