Subvenciones INFO

ICO - Línea PYME

OBJETO Y BENEFICIARIOS

De conformidad con el Convenio a suscribir entre el Instituto de Crédito Oficial y el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, el objeto es ayudar a las PYMES para financiar sus inversiones en activos fijos nuevos correspondientes a proyectos de creación o ampliación del establecimiento, diversificación en nuevos productos adicionales o cambio fundamental en el proceso de producción global.

AYUDA

Subvención de hasta 1,5 puntos porcentuales o 2 puntos porcentuales, en aquellas operaciones que estuvieran avaladas por una SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA (S.G.R).

El importe máximo de la subvención no podrá superar en ningún caso los 210.000€.

Las características de las operaciones son:

  • Importe financiado: 70% del proyecto de inversión.
  • Cuantía: entre 60.000€ y 1.500.000€.
  • Plazo: 5 años (sin carencia o con 1 año de carencia), 7 años (sin carencia o con 2 años de carencia) ó 10 años (sin carencia o con 3 años de carencia.
  • Tipo interés ICO:
    • Con aval SGR: tipo de cesión + 0,95%
    • Sin aval SGR: tipo de cesión + 1,20%.

REQUISITOS

  1. Que el solicitante de la ayuda no inicie la ejecución del proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.
  2. Autofinanciación mínima del 25%.
  3. Las inversiones objeto del proyecto subvencionado deberán mantenerse durante cinco años para los bienes inscribibles en un registro público y tres años para el resto desde la finalización del proyecto considerado.

COSTES ELEGIBLES

Activos nuevos que estén dentro de los conceptos de terrenos, edificios y bienes de equipo, aunque el valor de los gastos correspondientes a terrenos no podrá superar el 10% del coste del proyecto subvencionado.

Se excluyen como gastos computables o elegibles las inversiones en activos móviles (vehículos de transporte exterior).