Las Cámaras tienen esa personalidad jurídica porque el poder legislativo así lo dispuso
en atención a la importancia social y económica de sus fines; por ese mismo motivo, la
Ley establece la adscripción automática de todas las empresas a las Cámaras.
La Ley Autonómica 9/03, de 23 de diciembre,
de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la
Región de Murcia, es el
texto legal en el que se recogen, además de la naturaleza jurídica y fines de las
Cámaras y de su Consejo Superior; sus funciones, su ámbito territorial y organización,
su régimen económico y su régimen jurídico presupuestario.
Dicha Ley confirma un concepto de Cámaras de Comercio acorde con el llamado "modelo
continental", vigente en la mayor parte de los países de nuestro entorno (Francia,
Alemania, Italia, etc
). De este modo, las Cámaras españolas, con más de cien
años de servicio a las empresas, pueden afrontar con éxito los retos
económicos del
futuro que van a definir el marco de competitividad empresarial.